Columna publicada el martes 28 de noviembre de 2023 por Radio Biobío.

Durante los últimos años, los temas relacionados a la mujer, sus desafíos y problemas han ganado un lugar prominente en el debate público. Más allá de que ciertos sectores intenten por momentos monopolizar dicha agenda, en ella se juegan cuestiones fundamentales de justicia. La propuesta constitucional actual no es ajena a esas reivindicaciones. A pesar de que el oficialismo ha intentado instalar la narrativa de que el proyecto representa un “retroceso civilizatorio” para las mujeres, esta se desmiente al examinar el texto.

“Hoy, una vez más, nos vemos enfrentadas a tener que luchar por preservar nuestras conquistas frente al aplastante machismo conservador que se infiltra en la propuesta de nueva Constitución”, sentenció Claudia Dides en columna publicada en este medio. En aquella reivindica el proyecto rechazado de la Convención, el cual “la campaña distorsionadora y feroz llevada a cabo por la derecha y el conservadurismo concertacionista hicieron fracasar, reconocía por primera vez una serie de derechos de mujeres, niñas, adolescentes y diversidades sexuales, que daba cuenta de esas identidades que mucho quieren silenciar”. Sin embargo, el feminismo de corte progresista plasmado en dicha propuesta, a pesar de tener importante presencia mediática, no concitó una adhesión mayoritaria real. Habiendo sacado lecciones de la experiencia pasada, la propuesta actual aborda estos temas de manera distinta, con una mirada integral y apta de ser apropiada por distintos sectores. De hecho, a lo largo de todo el texto se encuentran múltiples disposiciones que -de imponerse el A favor- harían que la nueva constitución fuese la más pro mujer de nuestra historia. Cierta izquierda ha decidido convenientemente ignorarlas, por lo tanto, aquí expondré algunas de ellas.

En efecto, el proyecto propone innovaciones en el plano de los derechos sociales, que apuntan a la solución de problemas relevantes de las chilenas. Así, por ejemplo, en el “derecho al trabajo decente” se establece la prohibición de cualquier discriminación, y se eleva a rango constitucional la igualdad salarial entre hombres y mujeres. En la misma línea, es importante destacar el reconocimiento del valor de los cuidados para el desarrollo de la vida familiar y social, el deber del Estado de promover la conciliación entre ambas esferas, así como la implementación de mecanismos de apoyo y acompañamiento a la maternidad. Para materializar este mandato, el Estado deberá diseñar políticas y propuestas que, a través de instituciones públicas y privadas, contribuyan a crear mecanismos de apoyo y acompañamiento para quienes tienen personas bajo su cuidado. Esto favorece un espacio para proponer diversos tipos de prestaciones sociales que beneficien tanto a aquellas mujeres que deben compatibilizar el trabajo con el cuidado, como a quienes que se dedican a tiempo completo a tareas no remuneradas.

El proyecto también considera las dificultades en materia de participación política femenina. Así, establece que “la ley asegurará el acceso equilibrado de mujeres y hombres a las candidaturas a cargos de elección popular, así como su participación en condiciones de igualdad en los distintos ámbitos de la vida nacional. El Estado garantizará el ejercicio de la participación política de las mujeres”. En cuanto a la llamada “paridad de salida”, el Consejo propuso una fórmula de compromiso que busca equilibrar los distintos bienes en juego. En concreto, dispone una norma transitoria que mandata dictar una ley electoral con el propósito de que en el Congreso Nacional ningún sexo cuente con una representación menor al 40%. Esta ley se aplicará en las dos elecciones posteriores a la publicación de la Constitución. Adicionalmente, se propone que la ley contemple mecanismos para asegurar una participación equilibrada entre mujeres y hombres en la integración de sus órganos colegiados. El texto busca garantizar una mejora de las condiciones para las mujeres sin afectar significativamente las preferencias de los electores.

Por último, en cuanto al aborto, tema bastante delicado y divisorio en nuestra sociedad, se optó por mantener la protección al niño o niña que está por nacer junto al mandato al legislador para materializar dicha discusión, no alterando la legislación vigente en este ámbito. Esto parece consistente con la idea de que un texto constitucional no es el lugar para zanjar todas nuestras diferencias políticas y morales. De hecho, la segunda disposición transitoria de la nueva propuesta constitucional establece que toda la normativa vigente a la fecha de la publicación de la eventual nueva Constitución seguirá rigiendo mientras no sea derogada, modificada o sustituida.

Más allá del legítimo debate acerca de su contenido, la constitución “antimujeres” (o cualquier calificativo similar) no existe en la propuesta que se votará el 17 de diciembre. Si bien ningún cambio constitucional es capaz por sí solo de ofrecer soluciones inmediatas a las brechas y múltiples focos de vulnerabilidad que aquejan al sexo femenino, la nueva propuesta simplemente no puede ser calificada como “retroceso” si se consideran los asuntos efectivamente regulados en ella (otra cosa es la nostalgia de Dides por el texto de la fallida Convención, ampliamente rechazado). Por el contrario, ella podría representar un valioso punto de partida para implementar mejoras significativas en ámbitos sensibles para las mujeres.