Columna publicada el 15 de agosto de 2023 en La Segunda.

Entre las enmiendas discutidas estos días se encuentra la relativa a la objeción de conciencia, personal e institucional. No es ningún misterio que su rechazo nace del corazón mismo del Frente Amplio. “Las instituciones privadas no tienen conciencia, solo intereses” era su lema cuando el 2018 se levantó la acusación constitucional contra el ministro Santelices. Es lo que retuiteaba, entre otros, el hoy Presidente de la República. Esta semana, en tanto, el miembro de la Comisión Experta por el Frente Amplio, Domingo Lovera, añadió un condimento más a la discusión. Su aprobación supondría para él “el germen del fin del Estado de Derecho” y la apertura de una gran “caja de pandora” si cada creencia imaginable puede reclamar exenciones del cumplimiento de la ley.

Es algo llamativo que se levante esta alerta ahora, tras haber defendido el anterior proyecto con todo su abanico de autonomías territoriales e indígenas. Ahí sí que se abría una caja de pandora. Otro tanto cabría decir sobre el Estado de derecho y las razones por las que tambalea. Al margen de eso, sin embargo, vale la pena volver sobre la discusión de esta materia. Se trata de un punto clave en la relación entre Estado y sociedad civil, y es así materia pertinente para la discusión constitucional.

En este asunto se juega, en efecto, el corazón del pluralismo en una sociedad con divisiones profundas. ¿Qué está en discusión? Sería bueno no perder de vista qué es lo que reclaman las instituciones objetoras: no se trata de minucias, sino más bien de que no se les obligue a realizar actos que consideran un atentado directo y deliberado contra una vida humana inocente. Una elemental protección respecto de eso, bajo la forma de la objeción de conciencia, no tiene nada de extravagante.

Es cierto, sin embargo, que eso nos pone ante una situación algo distinta de la que en otras épocas ha permitido ese tipo de objeción. Típicamente la objeción de conciencia se ha levantado por parte de alguien que objeta una ley ya promulgada (reclamando, por ejemplo, una eximición respecto del servicio militar). Eso es lo que pasa en una sociedad sin división profunda. Si hoy, en cambio, el punto se levanta ya en la discusión legislativa y constituyente, es por una razón muy natural: si se es mínimamente honesto, se sabe estar legislando cuestiones que para parte importante de la ciudadanía resultan una carga imposible de llevar; resulta entonces inevitable que se plantee también los acomodos posibles que eso requiera. Es, en otras palabras, una consecuencia natural de reconocer la propia sociedad como atravesada por divisiones profundas, no como una sociedad en la que simplemente avanzan o retroceden derechos.