Carta publicada el martes 3 de enero de 2022 por El Mercurio.

Señor Director:

El Presidente Boric justificó la decisión de indultar a condenados por delitos durante el estallido en que “vivimos un proceso que fue tremendamente complejo”, por lo que cabría pensar que estos jóvenes “no son delincuentes”. El argumento sería entonces que el estallido generó un contexto excepcional, que llevó a delinquir a personas que no lo habrían hecho fuera de ese contexto. Ese razonamiento sería suficiente para aplicar el indulto.

Sin embargo, si queremos ser consecuentes, el mismo argumento se puede extender a miembros de Carabineros y FF.AA. condenados por delitos vinculados al uso desproporcionado de la fuerza en contextos de violencia en manifestaciones. Por mencionar un solo ejemplo, la justicia acaba de condenar a siete años de presidio al cabo Pedro Lavín Villalobos por disparar a la pierna de un manifestante que arrojaba un objeto a Carabineros. Según el fallo, el funcionario tiene 18 años en el Ejército con irreprochable conducta, cuestión admitida por todos los intervinientes. Fuera de las especiales circunstancias del 18 O —en las que en cuestión de segundos tomó una decisión que le ha valido una severísima condena—, parece difícil concebir que hubiera podido cometer un delito similar.

El Presidente sostuvo que los indultos tienen por objeto “sanar heridas”, y, en efecto, esa es la razón de ser de la facultad que le otorga la Constitución. No obstante, mal podremos alcanzar este objetivo si el Presidente ejerce la potestad de indultar de una forma que no es ni siquiera consistente con los principios que él mismo ha formulado como justificación de su accionar.

Daniel Mansuy
Francisco Javier Urbina