Carta publicada el martes 22 de junio de 2021 por El Mercurio.

Señor Director:

Es difícil comprender la crítica de algunos sectores de izquierda contra el decreto que convoca a la primera sesión de la Convención Constitucional. El instrumento es sumamente acotado e incluso, tal como solicitaban algunas voces, excluyó del encuentro a los principales poderes del Estado. Se objeta que, al establecer un breve procedimiento para la investidura de los convencionales, el decreto aborda un asunto que sería competencia exclusiva de la Convención. El cuestionamiento, sin embargo, no se sostiene.

Por un lado, es curioso creer que los convencionales podrían ejercer sus funciones antes de asumir, precisamente, el ejercicio de sus funciones. Todo órgano del Estado debe actuar previa investidura regular de sus integrantes y, por tanto, lo lógico es que dicha investidura se regule en el decreto de instalación de la Convención.

Por otro lado, el procedimiento establecido es muy simple. A los convencionales se les pide, básicamente, aceptar el cargo conforme al derecho vigente. ¿Cómo puede ser esto problemático? ¿Qué sentido tiene demorar el inicio de la deliberación constitucional disputando este punto? Considerando los plazos limitados y la magnitud del desafío, la prioridad debiera ser comenzar a trabajar cuanto antes. En nada colabora seguir insistiendo expresa o soterradamente en el supuesto carácter soberano de la Convención. Ella es autónoma, pero no soberana.

Chile necesita reformas legítimas y que generen lealtades en amplios sectores, lo que supone la generosidad de todos los actores públicos. El cambio constitucional no es la excepción.

Cristóbal Aguilera M.
Académico Universidad Finis Terrae

Claudio Alvarado R.
Director ejecutivo IES