Columna publicada en Chile B, 28.06.13

 

Hace algunos días Valentina Verbal respondió (en El Dínamo) a una columna que publiqué en El Mostrador, refutando mis cuestionamientos a la “ley de identidad de género” que acaba de ser presentada ante el Congreso. Le agradezco abrir un debate que muchas veces no se da debido a los prejuicios y las descalificaciones mutuas, además aprovechar esta oportunidad para aclarar algunos puntos.

En su columna, Verbal señala que yo estaría de acuerdo en un “cambio de sexo” registral previo diagnóstico médico y una serie de tratamientos corporales. Sobre este punto debo señalar que solo he sostenido que el tema es más complicado de lo que supone el proyecto de ley, y planteo algunos problemas al respecto, que la autora no supone como tales.

Como argumenté en la columna anterior, cualquier modificación de sexo, solo lo es en apariencia, pues el sexo biológico permanece (aún con tratamientos hormonales o intervenciones quirúrgicas, pues va más allá del aspecto genital, implica también el elemento cromosómico y gonadal). Ahora bien, para quienes defienden este proyecto, la identidad de género proviene más bien de un sentimiento personal y en ese contexto el cuerpo pasaría a ser un mero accidente. Sin embargo, existen razones para pensar que esto es problemático. Es conocido el dramático caso Reimer, un experimento llevado a cabo por el Dr. John Money en dos hermanos gemelos, para demostrar la irrelevancia de la biología respecto de la educación y la cultura. Uno de ellos perdió el pene al ser operado de fimosis cuando tenía 6 meses y Money convenció a sus padres para que fuera educado como una niña, a quien llamaron Brenda, (con la respectiva operación y tratamiento hormonal). El experimento resultó en que Brenda, que nunca se identificó con una mujer, pasó a ser David a los 15 años, y posteriormente se suicidó a los 39 años (2004). La conexión entre la biología y nuestra personalidad no es entonces inexistente.

Volviendo a lo que plantea Verbal en su columna, “esta visión (de que la biología tiene algo que ver en este asunto) está siendo superada por el sistema internacional de los derechos humanos, suscrito por el Estado de Chile” e invoca para ello los principios de Yogyakarta (2007), que a su juicio no estarían siendo aplicados en el país. Sin embargo, Verbal invoca estos principios como una fuente de derecho en circunstancias que no lo son. Corresponden a un documento no vinculante elaborado por 29 autodenominados expertos de Derechos Humanos a partir de un seminario en Indonesia durante el año 2006. Pero nada de su contenido ha sido aprobado ni por la Asamblea General de la ONU ni por el Consejo de Seguridad. Y por tanto, no hay ningún tipo de incumplimiento en ese sentido. Y, aunque así fuera, de ninguna manera este argumento termina la discusión.

Ante mis interrogantes sobre las posibles consecuencias en el ámbito de la familia que una ley de identidad de género como esta supone, Valentina Verbal se refiere solamente a uno de los puntos que expuse, y niega de plano cualquier tipo de conflicto que el “cambio de sexo” de uno de sus padres pueda provocar en un niño. No ve ningún tipo de inconveniente en que un varón pase a ser “mujer” y continúe llamándose padre. O más aún, que un niño tenga ahora dos padres o dos madres. Y así como nombra una serie de estudios científicos que niegan los efectos adversos de la homoparentalidad, estos de por sí no constituyen una prueba que zanje el problema -la ciencia no es irrefutable ni neutra- y que al mismo tiempo existen otros tantos estudios de la misma índole que señalan lo contrario. Con esto quiero decir que al menos es un problema que está lejos de ser resuelto y merece ser discutido antes de descartarlo.

Por último, estoy consciente de que las personas trans sufren de barreras laborales producto de discriminaciones arbitrarias, lo que las obliga a vivir en condiciones indignas. Y en este sentido defiendo y promuevo su derecho a un trato justo. No obstante, la ley de identidad de género propone una solución reduccionista y disyuntiva de la sexualidad, que no integra ambos aspectos de la identidad sexual humana, el biológico y sociopsicológico, sino que tiende a desconocer completamente el primero; y no parece tener en cuenta además, los derechos de terceros involucrados y las consecuencias en el ordenamiento jurídico y social.